Realmente, la industria alimentaria, ¿es tan mala como la pintan? ¿Hay que dejar de comer productos procesados frente a los productos frescos? Hombre, mejor los productos frescos, de proximidad y temporada, ello no quiere decir que lo que provenga de la industria sea malo.

Alimentación infantil y seguridad alimentaria

He trabajado en diversas industrias alimentarias y una de las cosas que mas me ha sorprendido es el nivel de seguridad y trazabilidad alimentaria que existe. Aunque no lo parezca, nunca ha habido tanta protección en cuanto a seguridad alimentaria se refiere. Los alimentos que ahora consumes, son los más seguros que ha habido nunca. Puesto que las exigencias, tanto de la Comisión Europea como de la legislación vigente en cada país es muy estricta en este tema. Las industrias realizan múltiples ejercicios de «Food Defense» o ejercicios de sabotaje, por si hubiera algún tipo de contaminación, saber reaccionar en un momento como ese. Además, se realizan ejercicios de trazabilidad (del campo a la mesa y de la mesa al campo), para saber siempre qué materias primas se han utilizado para fabricar dicho producto y tener en todo momento controlado todos los «potitos» que fabricas.

Uno de las temas más controlados por la industria alimentaria, que le preocupa y mucho, son los llamados «baby foods» o alimentos para lactantes, cuya definición legal es la siguiente1:

«Productos alimenticios destinados a la alimentación especial de los lactantes durante los primeros meses de vida, que satisfacen por sí mismos las necesidades nutritivas de estos lactantes hasta la introducción de una alimentación complementaria apropiada».

Esta legislación, que se puede encontrar fácilmente en la web de la comisión europea o en la FDA (European Food Administration), se toma muy enserio la salud de los menores y legisla a conciencia, determinando muy claramente los límites legales.

Uno de las temas más «incómodos» de legislar es el tema referente a los pesticidas y residuos de fitosanitarios, puesto que, por mucha que prohíbas un determinado pesticida tienes que tener en cuenta que, pueden quedar trazas acumuladas en el sustrato o en el agua de regadío. Para tal caso, la industria se esfuerza en asegurar la máxima seguridad alimentaria al respecto, realizando múltiples análisis tanto en el suelo, agua, materia prima, producto semielaborada y producto final. Todo ello llevado a cabo por profesionales cualificados en sus áreas.

Entrando de lleno en el tema, la directiva europea que establece los límites legales2 es la Directiva 2006/141/CE1, que reza así: «Establece límites de residuos muy bajo, de 0,01 mg/kg, para todos los plaguicidas, partiendo del principio de precaución«. Aunque cabe destacar que no todos los pesticidas tienen la misma importancia y sus efectos son los mismos la Comisión dicto: «Se establecen limitaciones más estrictas para un pequeño número de plaguicidas o de sus metabolitos, cuando incluso un límite máximo de residuos (LMR) de 0,01 mg/kg». Así se zanja el asunto y se obliga a la industria a respetar la legalidad vigente.

Etiquetado de los alimentos para bebés

Para terminar, mencionar el tema del etiquetado nutricional, donde la Comisión Europea, exige y establece unas medidas legales, en cuanto a valor nutritivo y el tamaño de letra que debe de tener cada parágrafo. De echo en el Reglamento UE 609/2013 los alimentos destinados a lactantes o niños de corta edad no deben «disuadir la lactancia materna. Hay consenso científico en que la leche materna es el mejor alimento para lactantes sanos, y la Unión y sus Estados miembros tienen el compromiso permanente de fomentar la lactancia».
Y os dejo mi última reflexión:

La Industria alimentaria no obliga a nadie a comer de la manzana envenenada (sí, como en la película de Blancanieves).

somos nosotros los que elegimos en última instancia qué nos apetece comer.

¿Frente a esto que podemos hacer? Ante cualquier duda sobre nutrición acudir al especialista, que diga, al Dietista-Nutricionista.

Bibliografia

1. http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:JOL_2016_025_R_0001&from=ES
2. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2016-80201

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